Daños Personales: La Carga De La Prueba

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En cualquier caso de daños personales, el trabajo de la persona perjudicada consiste en convencer al juez o al jurado de que la persona a la que demanda es responsable de causar sus lesiones. Por ello, se dice que la carga de la prueba recae en el demandante. En este artículo se analizará en qué consiste la carga de la prueba y sus elementos asociados.

Es importante tener en cuenta que todos los casos legales tienen un punto de referencia vinculado a las pruebas que debe cumplirse. Sólo después de que se haya cumplido dicho punto de referencia se puede declarar a un acusado responsable o culpable. El término [Carga de la prueba | Wex | US Law | LII / Legal Information Institute (cornell.edu)] carga de la prueba «describe el estándar que una parte que intenta probar un hecho en el tribunal debe satisfacer para que ese hecho quede legalmente establecido». La carga de la prueba es el grado de convencimiento que debe tener el juez o el jurado para creer algo. Es importante tener en cuenta que hay diferentes normas que deben cumplirse en diferentes circunstancias.

En un caso penal, es necesario convencer al juez o al jurado de que un individuo ha cometido un delito «más allá de toda duda razonable». En los casos de daños personales, la norma que hay que cumplir se denomina «preponderancia de las pruebas». Esto significa básicamente que el demandante necesita convencer al juez o al jurado de que es más probable que los hechos sean lo que el demandante dice que son. La frase «más probable que no», básicamente significa que el jurado o el juez piensa que la probabilidad de que la versión de los hechos del demandante sea cierta debe ser al menos del 51%, mientras que la probabilidad de que estos hechos sean falsos no es superior al 49%. Por lo tanto, cuando las probabilidades son del 50/50, el demandante no alcanza el estándar de «preponderancia de las pruebas».

En lo que respecta al demandado, cuando se trata de la carga de la prueba, normalmente no se le exige que demuestre que su versión de los hechos es cierta. Más bien, cuando el demandante intenta probar los elementos del caso, todo lo que tiene que hacer el demandado es intentar convencer al jurado de que la versión del demandante es inexacta o falsa en un 50% o más. Si el jurado no está seguro, decidirá a favor del demandado.

El demandado tiene derecho a presentar pruebas de hechos que contradigan la versión del demandante. Sin embargo, convencer al jurado de que su versión de los factores es la más exacta no es la cuestión. Al presentar hechos alternativos, esto arroja suficientes dudas sobre la versión del demandante, tanto como para que el jurado no crea que la versión del demandante es «más probable que no».

Hay que señalar que existe una excepción a esta regla en el caso de que un acusado intente probar una «defensa afirmativa». Cuando se trata de probar una defensa afirmativa, el demandado debe probar que los elementos de dicha defensa son «más probables que no». Esto es independiente del éxito del demandante en la prueba de los elementos de la demanda.

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