COVID-19 Y Reuniones Públicas: Una Actualización De Los Requisitos De La Ley Brown

Teleconferencing Phone

El 17 de marzo de 2020, el gobernador Newsom emitió una nueva orden ejecutiva que relajaba los requisitos adicionales de la Ley Brown. Ley del Agua abogado Brett Stroud preparó la siguiente actualización para nuestros clientes y aquellos que llevan a cabo negocios en reuniones públicas:

Ayer, el Gobernador Newsom emitió Orden Ejecutiva N-29-20 («Orden del 17 de marzo»), que modificó algunas de las disposiciones de su anterior Orden Ejecutiva N-25-20 («Orden del 12 de marzo»), incluyendo su relajación de ciertos requisitos de la Ley Brown.

La Orden del 17 de marzo difiere de la Orden del 12 de marzo en un aspecto significativo: elimina el requisito de que una agencia proporcione un lugar accesible al público desde el que los miembros del público puedan observar la reunión y hacer comentarios públicos. En su lugar, una agencia puede celebrar la reunión enteramente por teleconferencia, siempre y cuando también «implemente un procedimiento para recibir y resolver rápidamente las solicitudes de modificación o adaptación razonable de las personas con discapacidades, en consonancia con la Ley de Estadounidenses con Discapacidades y resolviendo cualquier duda a favor de la accesibilidad» y «anuncie ese procedimiento cada vez que se notifique el medio por el cual los miembros del público pueden observar la reunión y ofrecer comentarios públicos».

En resumen, la Orden del 17 de marzo permite a una agencia «celebrar reuniones públicas por teleconferencia y hacer que las reuniones públicas sean accesibles telefónicamente o de otra forma electrónica para todos los miembros del público». La agencia debe notificar dentro del plazo habitual, proporcionar un método para que los miembros del público ofrezcan comentarios públicos durante la reunión por teleconferencia, y proporcionar un procedimiento para que los miembros del público soliciten adaptaciones basadas en la discapacidad.

Al igual que la Orden del 12 de marzo, la Orden del 17 de marzo se aplica específicamente «durante el período en el que los funcionarios públicos estatales o locales imponen o recomiendan medidas para promover el distanciamiento social, incluyendo pero no limitándose a las limitaciones de los eventos públicos». El 16 de marzo, el Departamento de Salud Pública de California emitió orientación actualizada relativa a las reuniones públicas. Esa orientación indica que «todas las reuniones deben posponerse o cancelarse».

Si tiene alguna pregunta o desea asesoramiento específico sobre la aplicación de la Orden del 17 de marzo para su organismo, no dude en ponerse en contacto con un abogado en nuestro Departamento de Agua y Distritos Especiales. En particular, si tiene previsto celebrar una reunión por teleconferencia, póngase en contacto con nosotros para que le ayudemos a preparar el orden del día. Puede ponerse en contacto con nosotros por teléfono en el 661-327-9661.

Young Wooldridge, LLP es un bufete de abogados de servicio completo que sirve a Bakersfield, California y todo el condado de Kern. Nuestra firma es reconocida como un líder en la comunidad, y ofrecemos una extensa y amplia variedad de servicios legales incluyendo, pero no limitado a la ley de agua, lesiones personales, derecho comercial, el empleo y el derecho laboral, la planificación del patrimonio, bienes raíces, y mucho más. Por favor, póngase en contacto hoy para hablar con un miembro de nuestro equipo.